Violencia a la mujer, forma más grave de discriminación por género
3 minutos de lecturaLa violencia a la mujer es la manifestación más grave de discriminación que se pueda ejercer por razón de género, sostuvo la jurista española Teresa Peramato Marín, Fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer en España.
Considerada como una de las mayores expertas en la lucha contra la violencia sobre las mujeres en el país ibérico, Peramato Marín ofreció una conferencia magistral en la Universidad Veracruzana (UV) en el inicio de actividades del Primer Coloquio Internacional sobre Prevención de la Violencia Digital con Enfoque de Derechos Humanos, que durante tres días congregará virtualmente a conferencistas e investigadores en cuatro mesas de trabajo.
La académica realizó un recorrido legislativo, jurisdiccional y de ejercicio práctico, en el que expuso las herramientas y sus aplicaciones en España para la prevención y tratamiento de prácticas de violencia con la mujer en cualquiera de sus etapas.
Explicó que en la Fiscalía General de Estado existen unidades de coordinación para la lucha contra el ciberdelito y la ciberviolencia, en donde participan especialistas en investigación de delitos informáticos; cuentan también con una unidad de cooperación internacional para la indagación de plataformas cuyos servidores se ubican en el extranjero.
No obstante, reconoció que “no se puede ser negacionista”, puesto que si bien es verdad que la tecnología digital representa muchos riesgos para los y las jóvenes, también trae beneficios, lo que hace necesario brindar acompañamiento para un uso adecuado.
Apuntó que en España se publicó la Ley Orgánica 1/2004, relacionada con la medida de protección integral contra la violencia de género, que hacía referencia exclusivamente a la violencia que sufre la mujer en las relaciones de afectividad, presentes o pasadas, por parte de su cónyuge o excónyuge, novio o exnovio, como manifestación de relación de poder desigual y discriminación.
En 2011 se firmó el Convenio de Estambul, el cual España ratificó en 2014 pasando a ser parte de su ordenamiento jurídico interno, de conformidad con su constitución y código civil; en este convenio el Estado español asume obligaciones relacionadas con la prevención, protección, investigación, sanción y reparación de daños por violencia.
Se encuentran tipificadas ocho conductas delictivas: acoso; violencia física; violencia psicológica; violencia sexual; mutilación genital femenina; matrimonio forzado; esterilización y abortos; y el acoso sexual, figuras que aparecen ya tipificadas en el Código Penal desde 2014.
En 2015, con una ley orgánica se agregó como delito el matrimonio forzado, tipificándose también como delitos el acoso y hostigamiento, a fin de prevenir la violencia digital.
En la inauguración del evento, organizado por la Coordinación Universitaria de Observatorios (CUO) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), estuvieron de manera virtual: José Othón Flores Consejo, titular de la CUO; Arturo Miguel Chípuli Castillo, director del IIJ, así como académicas e investigadores.
FUENTE: OLIVA NOTICIAS