Nueva ley de protección a policías, refrito de ultrajes a la autoridad: abogados de Veracruz
3 minutos de lecturaComo un ‘refrito’ calificó la Barra de Licenciados en Derecho en el Sistema Penal Acusatorio del Estado de Veracruz la nueva ley para ‘proteger’ a las corporaciones policiales que solo es la nueva cara de los ultrajes a la autoridad que ya había sido invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La nueva ley propuesta por el congreso Veracruzano, impondría una pena entre los siete y quince años de prisión para quienes sean imputados y encontrados culpables del mismo informó Cristian Rafael Gómez Zacarías, presidente de dicha barra.
«Lo que propuso el gobierno fue la creación precisamente de ‘un refrito’, en lugar de ultrajes a la autoridad, quedó un delito contemplado en nuestro código penal como Delitos cometidos en contra de instituciones de seguridad pública, precisamente previsto en el artículo 371 del código penal del estado de Veracruz .
«Lo más severo es que es una pena de siete a quince años de prisión, por lo que no se le puede otorgar ningún tipo de beneficio, ni siquiera un procedimiento abreviado que es cuando la persona reconoce su culpa con la oportunidad de una reducción de pena», manifestó el entrevistado.
Señaló que se reciben alrededor de 20 casos por mes de este tipo de casos en los que la Fiscalía General del Estado busca imputar este delito para poder mantenerlos tras las rejas al estar sujeto a interpretación.
Ley aplicada a conveniencia
Dijo que los fiscales son quienes pueden considerar desde una palabra altisonante hasta una agresión física contra algún elemento de las fuerzas del orden público a su propio criterio, para buscar la imputación de este delito contra alguna persona.
«Ese artículo contempla que que si provocase una lesión que ponga en riesgo la vida del elemento o la pierda, pues será esa pena, está previendo algo a futuro y no algo concreto como una lesión, está dando la oportunidad precisamente a que no se realice una interpretación correcta de este numeral (artículo).
«Simple y sencillamente este numeral precisamente es un tipo penal abierto ¿qué es eso? Que lo pueden cuadrar a como ellos decidan, desde la fiscalía en su imputación, hasta el juez de control en un dictado de vinculación a proceso», enfatizó Gómez Zacarías.
Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había invalidado esta ley, los congresistas veracruzanos han buscado revivirla bajo otro nombre, pero con el mismo objetivo, por lo que la barra hizo un llamado para que de nueva cuenta quede derogada.
El abogado informó que un claro ejemplo puso el caso de una señora identificada como Vicenta «N», madre de tres hijos, uno de ellos recién nacido, quien permanece presa por este delito en un penal de la ciudad de Acayucan.
Consideró que le fabricarían esa imputación para presionar a su esposo, el cual era a quien la policía ministerial buscaba en esa ocasión, pero presuntamente la señora quiso atacar a los detectives con un arma blanca y ahora la mantienen tras las rejas para obligarlo a entregarse de acuerdo al entrevistado.