24 de noviembre de 2024

Clarin Veracruzano

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Fiscalía de Edomex desiste de acción penal contra Roxana, joven de Oaxaca que mató a su agresor

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Tras un análisis del caso de Roxana Ruiz, la joven que asesinó a su violador en defensa propia, la fiscalía del Estado de México informó esta tarde que queda exenta de la responsabilidad penal.

El Fiscal General de Justicia del Estado de México, José Luis Cervantes Martínez ordenó desestimar del ejercicio de la acción penal en contra de Roxana Ruiz Santiago. Es decir, retiró la acusación por el homicidio en contra de su presunto agresor.

La institución informó que en concordancia a lo dispuesto por el Artículo 144 del Código Nacional de Procedimientos Penales y por lo que solicitó audiencia para que el Juez correspondiente resuelva lo conducente.

Luego de conocerse la sentencia de condena emitida el 15 de mayo por el Tribunal de Enjuciamiento del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, en contra de Roxana Ruiz Santiago, considerada responsable del delito de homicidio y por la que se le impuso una pena privativa de libertad de 6 años 2 meses, colectivas feministas y familiares organizaron una protesta en contra de la notificación.

Ante las quejas por familiares y colectivas feministas sobre la injusticia en el caso de Roxana, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció en su conferencia de prensa matutina que buscaría dar un «indulto» a la joven, por lo que ella expresó en una protesta que no lo aceptaría, pues sería reconocer la culpa de un delito que no cometió, caso por el que además nunca se le consideró como víctima.

El Fiscal General de Justicia del Estado de México, instruyó a la Fiscalía Central para la Atención de los delitos Vinculados a la Violencia de Género, atraer el caso, para su subsecuente análisis bajo los parámetros metodológicos que deben tomarse en cuenta cuando se encuentran involucrados sujetos de grupos vulnerables.

Actuó en legítima defensa, determina fiscalía de Edomex

La Fiscalía General de Justicia concluyó que actuó en legítima defensa, circunstancia que constituye una causal de sobreseimiento tal y como lo dispone el Artículo 327 fracción IV del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Roxana Ruíz es una mujer originaria de Oaxaca, que un asalto sexual cambió su vida por completó. En el moento ella actuó en legítima defensa y denunció que al dar a conocer el caso no se le realizaron las pruebas pertinentes para comprobar la agresión sexual.

Tras la determinación del juzgado del Estado de México a la joven se le impuso una pena por el delito de homicidio. Roxana Ruíz tenía prohibido salir del Estado de México y Ciudad de México y debía llevar su proceso en libertad acudiendo periódicamente al Centro Estatal de Medidas Cautelares.

n tanto, el abogado de Roxana, Ángel Carrera explicó que si procede el desistimiento «nada mas que nos estamos enterando por los medios de comunicación y necesitamos confirmar la noticia. Roxana está muy contenta, es un reconocimiento a su lucha y a su inocencia. Se tendría que presentar ante la autoridad para que esa noticia que se da por medio de un comunicado quede firme».

Sin embargo, aseguró que continúa la denuncia «para que se castigue a los servidores públicos».

Fuente:

Fiscalía de Edomex desiste de acción penal contra Roxana, joven de Oaxaca que mató a su agresor | Oaxaca (eluniversal.com.mx)

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