Congreso de Veracruz y Gobierno del Estado deberán defender creación del Trijaev
4 minutos de lecturaLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si el Congreso de Veracruz y el Gobierno del Estado violentaron la suspensión otorgada al Tribunal Estatal de Justicia Alternativa (TEJAV) con la controversia constitucional 266/2022 con el que se determinará si la extinción del Tribunal fue legal.
Ambos poderes tendrán que dejar de violentar la suspensión o presentar pruebas para refutar dicho señalamiento, mismo que fue presentado por el magistrado Roberto Alejandro Pérez Gutiérrez, quien fingía como presidente del TEJAV.
El magistrado acusó que ambos poderes violentaron la suspensión concedida el pasado 30 de diciembre, con la cual se determinó no quitar del cargo a los magistrados del TEJAV y no suspender las actividades del tribunal.
En la nueva resolución se establece que un plazo de 15 días se dejen sin efectos los actos violatorios u ofrezcan pruebas, de lo contrario, serán sancionados.
Tras la extinción del TEJAV y la creación del Trijaev ministros de la Suprema Corte determinaron que la decisión tomada por la mayoría del Congreso local, con la cual se ordenó la liquidación de tres meses de pago a los cuatro magistrados del tribunal es una afectación a la garantía constitucional de su independencia judicial.
Por lo tanto, ordenaron suspender el “despido y liquidación” de los magistrados nombrados en 2017, cuando se creó el órgano, y dejar sin efecto el nombramiento de seis nuevos magistrados que se hizo el pasado 20 de diciembre.
Pese a ello, el 4 de enero del 2023, elementos de la Secretaría de Seguridad Pública se apostaron en las inmediaciones de la torre El Olmo, donde se encuentran en las oficinas del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz (Trijaev) e impidieron a los empleados del TEJAV reanudar actividades.
Por lo anterior, los afectados interpusieron una queja ante la SCJN por el desacato a la suspensión y esta les volvió a dar la razón.
El documento, ya entregado al Congreso Local, al Gobernador Cuitláhuac García Jiménez y a los nuevos Magistrados del Trijaev señala que a la brevedad se acate la suspensión, soporten sus actos o se les aplicará la máxima pena que consiste en multarlos.
“Para que dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al que surte efectos la notificación del presente proveído, dejen sin efectos los actos violatorios de la suspensión, o bien rindan un informe y ofrezcan pruebas, debiendo adjuntar copias certificadas con las que acrediten sus dichos apercibidos que de lo contrario se presumirán ciertos los hechos que se les atribuye y se les impondrá una multa de conformidad con lo establecido el artículo 59 fracción primera del código federal de procedimientos civiles” concluye la SCJN.
Los ministros de la SCJN determinaron que la suspensión provisional de la remoción de los magistrados Roberto Alejandro Pérez Gutiérrez, Pedro José María García Montañez, Luisa Samaniego Ramírez y Estrella Alhely Iglesias Gutiérrez, en tanto se analiza de fondo la acción de inconstitucionalidad 266/2022.
Además, ordenaron la suspensión de la designación de los nuevos magistrados que fueron nombrados el 20 de diciembre por la mayoría de los diputados locales del Congreso de Veracruz; se trata de Leticia Aguilar Jiménez, Rosalba García Salazar, Diana Oróstegui Carballo, Jaziel Cabrera Pacheco, Roberto Sigala Aguilar y Rubén Hernández Mendiola.
La determinación de la SCJN señaló que “cuando un acto impugnado en una controversia tenga potencial de poner en riesgo el cumplimiento de un lineamiento del cual depende la autonomía de un órgano primario del Estado, frente a los demás poderes, la protección de las instituciones fundamentales del ordenamiento jurídico debe entenderse como un criterio positivo de la apariencia del buen derecho y tomarse en cuenta para evaluar el peligro de la demora, y lo que cobra relevancia en la posición de los órganos constitucionales autónomos en la actual concepción constitucional del principio de división de poderes construido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Los ministros valoran que el ordenar la indemnización por terminación de funciones equivalente a tres meses de percepción ordinaria, se traduce en una afectación a la garantía constitucional que corresponde al Tejav, consistente en la independencia judicial.
Con la sentencia se ordenó que los cuatro magistrados seguirían en funciones y, además, seguirán conociendo de los juicios en tanto la SCJN analiza de fondo la controversia.
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