25 de noviembre de 2024

Clarin Veracruzano

Tu noticiero en linea

Legislación respalda aspiración de Batres; puede postular su propia planilla

3 minutos de lectura
La Ley Orgánica del Congreso establece que cualquier senador puede contender por la presidencia de la Cámara alta

Martí Batres se inconformó por la votación interna que definió a Mónica Fernández como candidata a la presidencia del Senado.

CIUDAD DE MÉXICO.

Martí Batres Guadarrama está en tiempo para postularse como candidato a la presidencia de la Mesa Directiva del próximo año, pues la ley que aplica al Senado permite que cualquiera de los 128 integrantes del pleno pueda competir por el máximo cargo de gobierno de la Cámara alta.

El senador de Morena ha asegurado en diferentes ocasiones que cuenta con los votos de la mayoría de los senadores de otros grupos parlamentarios, que sumados a los 29 morenistas que votaron por él en la elección interna de su candidato, puede disputarle a Mónica Fernández Balboa la posición.

Hasta el momento, el PT, con sus seis integrantes, más siete senadores del PAN, uno del PRI y las cinco del PES han expresado su respaldo por Batres, lo cual implica que puede contar con 48 votos de arranque, pero todavía tiene cinco días para construir los consensos que puedan mantenerlo en la Mesa Directiva, si logra la voluntad de la mitad más uno de los senadores que se presenten a la sesión de instalación del sábado a las 11 del día.

A diferencia de la ley que aplica a la Cámara de Diputados, donde se establece que para ser presidente de la Mesa Directiva se debe pertenecer a los dos grupos parlamentarios mayoritarios y contar con el voto de las dos terceras partes de los diputados federales presentes, en el Senado no existe limitante y, por lo tanto, cualquiera de los 128 legisladores puede postularse para presidirlo, y lo logran si cuentan con el voto de la mitad más uno de los presentes.

La Ley Orgánica del Congreso General establece en su artículo 62 que “la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores se integra con un presidente, tres vicepresidentes y cuatro secretarios, electos por mayoría absoluta de los senadores presentes y en votación por cédula.

“La Mesa Directiva durará en su ejercicio un año legislativo y sus integrantes podrán ser reelectos. Antes de tomar posesión de sus cargos, los integrantes de la Mesa Directiva rendirán la protesta correspondiente en los términos que disponga el Reglamento”, dice.

De esta forma, Martí Batres no tiene ningún impedimento para postularse como candidato a la presidencia de la Mesa Directiva y formar su propia planilla, con los nombres de quienes trabajaron con él en el año que encabezó el Senado, y puede ser una alternativa a la propuesta de integración de Mesa Directiva que tendrá la planilla encabezada por Mónica Fernández Balboa.

De acuerdo con el marco jurídico del Senado, su propuesta la puede presentar incluso momentos antes de que se abra la votación; bastará con que lo propongan algunos de sus compañeros o que él mismo lo haga, pues a pesar de que Batres Guadarrama presentó un recurso para inconformarse por la elección de la candidata de Morena, la resolución de ese partido no tiene ningún efecto jurídico en el Senado, toda vez que el único acto constitucional que da origen a la conformación de la Mesa Directiva es la votación que se realiza en la llamada sesión previa.

En el papel

De acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso General, cualquier senador puede  convertirse en presidente del Senado si cuenta con el voto de la mitad más uno.

  • Los integrantes de la  Mesa Directiva del Senado deben ser electos por mayoría absoluta de los senadores presentes y en votación por cédula.
  • De acuerdo con la ley, la Mesa Directiva durará en su ejercicio un año legislativo y sus integrantes podrán ser reelectos.
  • Antes de tomar posesión de sus cargos, los integrantes de la Mesa Directiva deben rendir la protesta correspondiente en los términos que disponga el reglamento.

About Author