23 de noviembre de 2024

Clarin Veracruzano

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Presenta diputada iniciativa de Ley para la Declaración Especial de Ausencia

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La diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz presentó ante el Pleno la iniciativa con proyecto de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz que

La diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz presentó ante el Pleno la iniciativa con proyecto de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz que

La diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz presentó ante el Pleno la iniciativa con proyecto de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz que tiene como objeto, entre otros, establecer el procedimiento local para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia, mismo que no podrá exceder el plazo de seis meses a partir del inicio del procedimiento.Así como señalar sus efectos hacia la Persona Desaparecida, los Familiares o personas legitimadas por ley, una vez que ésta es emitida por el Órgano Jurisdiccional competente.La diputada Cervantes de la Cruz, integrante del Grupo Legislativo de Morena, subrayó que esta ley regirá la problemática y dará solución a los daños producidos de las necesidades de las victimas indirectas, con un enfoque de derechos humanos, respetando el principio de presunción de vida de la persona desaparecida hasta su localización, o bien, hasta que el resultado de una investigación y búsqueda efectiva indiquen lo contrario.Aseguró que la práctica de la desaparición forzada de personas viola los derechos humanos, tanto de víctimas directas como indirectas, y ante este contexto los familiares, no sólo sufren la ausencia por desaparición de su familiar, sino que también se enfrentan a la anulación de la posibilidad de ejercer los derechos del desaparecido y hacerse cargo de sus obligaciones, por lo que el reconocimiento de su personalidad jurídica queda suprimido hasta en tanto se localice. Lo anterior –agregó- representa un problema más, pues en muchos de los casos la persona desaparecida puede ser el sustento de la familia, y que derivado de su desaparición sus bienes o propiedades quedan en la incertidumbre, ya que la mayoría de las veces no hay posibilidad de que sean administrados para garantizar la subsistencia de la familia o de las personas dependientes, de lo que se desprende afectaciones económicas, emocionales, sociales y jurídicas que sufren las familias en estas circunstancias.Dijo que en Veracruz, el incremento de ésta conducta se torna preocupante y más aún cuando desafortunadamente se encuentra la falta de voluntad política para la búsqueda eficiente, la poca impartición de justicia y la ausente reparación del daño por parte de las autoridades competentes en la investigación de las personas desaparecidas que hacen aun más difícil el camino para familiares que atraviesan ésta situación.En este afán por encontrar respuestas que familiares y amigos se han unido en grupos, asociaciones y colectivos para alzar la voz y que les ha permitido colocar ésta problemática en la agenda pública y gubernamental del país, abundó Cervantes de la Cruz, presidenta de la Comisión Especial para el Seguimiento a la Problemática de la Desaparición de Personas en el Estado de Veracruz.Precisó que “con la presente ley no sólo se estará dando cumplimiento a los mandatos establecidos por la Ley General en Materia de Desaparición y operatividad a los de la Ley Estatal, sino lo más importante, se estará escuchando la voz y el sentir de los colectivos de familiares de personas desaparecidas, quienes han trabajado arduamente en la configuración de esta Ley y en general, en la configuración de un marco jurídico sensible y acorde a las necesidades que engendra la desaparición de personas”.Afirmó que dicho proyecto está compuesto de 34 artículos sistematizados en cuatro capítulos, los cuales se han trabajo en conjunto con colectivos y especialistas en materia legislativa, para dar solución a ésta problemática. Esta iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y la de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables. #-#-#-#

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